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domingo, 6 de marzo de 2011

CONTROLES DIARIOS

 Descripción General:

Ver procedimiento Parte Diario ( y Listado de Documentación Médica) como antecedente.
Los controles Diarios forman parte de una rutina. Ver legislación vigente
Los controles pueden ser su primera vez o consecuencia de la decisión de realizar un seguimiento del caso.
A través de estos controles se Convalida la justificación médica solicitada por el agente en cuestión y se informa a la correspondiente Sectorial de Personal para que proceda, según corresponda, a instrumentar las acciones previstas en este tema ( licencias, permisos, u otros beneficios por causas médicas)


                                                                 Descripción

PUNTO UNO:

La Unidad Funcional (UF) de la DRM ( Oficina Central, Delegación o Subdelegación) según corresponda en cada lugar hasta 11:00Hs al Control Médico (CM) también denominadas hasta el 2005: Servicio Hospitalario, las copias de los Partes Diario entregados por las Sectoriales de Personal.

PUNTO DOS:

Cada CM informará a la UF de la DRM  sobre las consultas realizadas, al día siguiente de efectuadas hasta las 11:00Hs, con el objetivo de informar sobre los resultados de la misma.
Para la programación y cumplimiento de Consultas cada CM desarrollará  la metodología que le sea indicada por la Dirección de la DRM.
Al respeto, cabe destacar, que está obligada a mantener registro y archivos suficientes de la documentación de respaldo e informar a la Dirección de la DRM sobre todas las novedades y cambios que se produzcan para que esta los valide y autorice.

PUNTO TRES:

Contralor Médico: Existen dos posibilidades para cada caso ( empleado en cuestión)
  • Que pueda ser controlado
  • Que no pueda ser controlado
Cuando un empleado no asista a consultorio del CM según lo previsto, el mismo deberá tomar contacto con Contalor Médico para confirmar que existen impedimentos físicos que lo justifiquen. Para ello el profesional deberá concurrir al domicilio declarado, al menos en dos oportunidades.
Cuando un empleado no se encuentre en el domicilio  indicado al médico, este deberá informar el hecho al Contralor Médico para que se arbitren las medidas pertinentes.

PUNTO CUATRO:

Las consultas realizadas se registrarán en las Planillas de Visitas o de Contalor Médico, según corresponda.
En todos los casos se le entregará al empleado controlado una Constancia de la Visita Médica o Constancia de Atención en consultorio de Contralor Médico, donde figurará entre otros datos, el diagnóstico correspondiente, el período de la licencia usufructuada y si esta es justificada o no.
La Planilla de Control (PC) se emitirá por dúplicado, el original se enviará a la DRM y la copia se archivará en el Contralor Médico.
La constancia de atención se emitirá por tríplicado, el dúplicado se le entregará al empleado controlado, el original se enviará a la DRM y la segunda copia quederá para archivo del CM.

PUNTO CINCO:

El duplicado de la constancia  que se entrega al empleado controlado deberá ser presentada por este al Sectorial de Personal  que corresponda dentro de los términos previstos en la legislación vigente ( ver Dto- 2005/91 0  1039/87, según corresponda)

PUNTO SEIS:

El duplicado presentado por el agente deberá ser remitido por el Sectorial de Personal a la DRM, con la debida constancia de recepción en el mismo.

PUNTO SIETE:

Diariamente el Responsable del CM informerá a la UF de la DRM que le corresponda; al empleado que se le determine, sobre los resultados de las consultas cumplidas y visitas a domicilio, en el día anterior y solicitará información sobre más consultas y novedades.

Abreviaturas: DRM: Dirección de Reconocimiento Médico, CM: Centro Médico, SP: Sectorial de Personal, UF: Unidad Funcional.

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